CERTIFICADO CE

CERTIFICADO CE

Principios generales del marcado CE.

  1. El marcado CE solo lo colocará el fabricante o su representante autorizado.

  2. El marcado CE solo se colocará en los productos a los que se aplique mediante la legislación comunitaria específica de armonización, y no se colocará en ningún otro producto.

  3. Al colocar o haber colocado el marcado CE, el fabricante indica que asume la responsabilidad de la conformidad del producto con todos los requisitos aplicables establecidos en la legislación comunitaria de armonización pertinente que establece su colocación.

  4. El marcado CE será el único que acredite la conformidad del producto con los requisitos aplicables de la legislación comunitaria de armonización pertinente que establece su colocación.

  5. Queda prohibida la colocación en un producto de marcas, signos o inscripciones que puedan inducir a error a terceros en relación con el significado o la forma del marcado CE. Cualquier otra marca puede colocarse en el producto siempre que la visibilidad, legibilidad y significado de la marca CE no se vea afectada.

  6. Los Estados miembros garantizarán la correcta aplicación del régimen que rige el marcado CE y tomarán las medidas adecuadas en caso de uso incorrecto del marcado. Los Estados miembros también establecerán sanciones por infracciones, que pueden incluir sanciones penales por infracciones graves. Esas sanciones serán proporcionales a la gravedad de la ofensa y constituirán un elemento disuasivo eficaz contra el uso indebido.

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